La Asamblea Universitaria ante el venidero proceso de elecciones

Apreciados miembros de la Comunidad Universitaria:

2013 es año electoral en la USB. Corresponde elegir nuevas autoridades rectorales y este proceso, que en otras ocasiones no ha representado ningún inconveniente, está signado por presiones por parte del Ejecutivo Nacional que exige reemplazar el actual reglamento electoral (1) por uno que se adecúe en su criterio a la Ley Orgánica de Educación (LOE). Los problemas comienzan cuando Constitución (2) y LOE (3) difieren en la definición de Comunidad Universitaria, inconsistencia que ha llevado a varias Universidades (4) a elevar una acción de nulidad por inconstitucionalidad contra la LOE ante el TSJ, que permanece sin sentencia hasta el momento.

Lo que está en discusión esencialmente es la adopción de un mecanismo de elección “democrático” en el seno de una institución académica, por el cual profesores, estudiantes, egresados, empleados y obreros voten para elegir las autoridades universitarias vs. la noción de que las institución académicas debe regirse por criterios y procedimientos estrictamente académicos por lo que la elección de autoridades atañe exclusivamente a profesores, estudiantes y egresados.

Independientemente de la coyuntura política, la Asamblea Universitaria considera apropiado discutir a profundidad el tema de las metodologías existentes para la elección de autoridades universitarias: un recorrido por otros países nos muestra una variedad de mecanismos que van desde la elección universal, directa y secreta hasta la selección por una Junta de Gobierno. Por otra parte, están los “rankings” internacionales donde un análisis de la relación entre la posición de diferentes universidades y sus mecanismos de (s)elección de autoridades podría indicar la relación causa-efecto entre formas de gobierno y la calidad académica de las instituciones de educación superior, entendiendo esta como su capacidad de articular producción de conocimiento, formación de recursos humanos y generación de vínculos estrechos con sus sociedades.

La discusión y futuras acciones a tomar en relación a los mecanismos de (s)elección de autoridades es pertinente en este momento si trasciende a los intereses políticos subyacentes y apunta a lograr que la universidad pueda satisfacer su máxima responsabilidad: servir a la sociedad formando profesionales altamente capacitados, asesorar al estado en el manejo de asuntos científicos y humanísticos y generar conocimiento que permita ofrecer una mejor calidad de vida para los venezolanos.

También consideramos que hay un aspecto que debe discutirse a profundidad: el perfil y requisitos que deben satisfacer los aspirantes a ocupar cargos rectorales. Este tema es tan o más importante que los mecanismos de (s)elección y no ha sido objeto de atención en la misma medida que la naturaleza del universo electoral o la distribución del peso electoral entre los diferentes sectores de la institución.

Para contribuir a que la Comunidad Universitaria se informe y discuta sobre los aspectos conceptuales y prácticos de este tema y posteriormente pueda emitir su opinión sobre el particular, la Asamblea Universitaria ha propuesto organizar un Foro con personalidades relevantes y expertos en el tema, seguido de una consulta pública a todos los sectores sobre sus preferencias ante diversos mecanismos de (s)elección de autoridades y los perfiles y requisitos que deben satisfacer los candidatos. Con esta iniciativa queremos fomentar en la comunidad la discusión racional y objetiva de nuestros problemas y favorecer la toma de decisión en términos de orientarla en la dirección que trascienda los intereses políticos, particulares y grupales para favorecer nuestro propósito fundamental: servir mejor a la sociedad.

Informaremos oportunamente en cuanto se terminen de afinar los detalles de la organización del Foro y la Consulta.

 

Por la Asamblea Universitaria:

Jorge Mostany – Presidente

Eleonora Croquer – Vicepresidenta

Maria Elena Ludeña – Secretaria

 

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(1) Artículo 25 del Reglamento Electoral de la USB: “El voto universitario lo ejercerán los profesores ordinarios de la Universidad Simón Bolívar y aquellos profesores jubilados que hubiesen alcanzado la condición de miembro ordinario antes de su jubilación en esta universidad; todos los estudiantes regulares de pregrado y postgrado de la Universidad Simón Bolívar con mas de veinte (20) créditos aprobados en su plan de estudios; y por todos los egresados que hayan obtenido título de pregrado o postgrado en la Universidad Simón Bolívar”.

 (2) Artículo 109 de la Constitución Nacional: “El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación”.

(3) Artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación:”… Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento.

(4) Universidad Central de Venezuela (UCV), Universidad de los Andes (ULA),Universidad del Zulia (LUZ), Universidad de Carabobo (UC), Universidad Simón Bolívar (USB), Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado” (UCLA), Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” (UNEXPO) y Universidad Católica Andrés Bello (UCAB)

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