Nueva normativa de reposos médicos entrará en vigencia en septiembre
A partir del 1° de septiembre entrarán en vigencia las nuevas Normas y procedimientos para la tramitación de reposos del personal académico, administrativo y obrero de la USB, aprobadas en sesión del Consejo Directivo del 10 de junio de 2015, según informó la Dirección de Gestión de Capital Humano, a través del Departamento de Bienestar.
La Normativa consta de cuatro capítulos, el primero, regula los procedimientos para la tramitación y consignación de los reposos en caso de que los mismos sean inferiores o iguales a tres días; el segundo capítulo se refiere a las regulaciones de los procedimientos para la tramitación y consignación de los reposos en caso de que éstos sean superiores a tres días. En el tercer capítulo, se establece la regulación de los trámites para la consignación de los reposos por maternidad; en el cuarto capítulo se presentan algunas Disposiciones Generales que regulan toda la materia concerniente a la tramitación y consignación de reposo médico, tomando en cuenta las diversas formas de reposo existentes, y en las Disposiciones Finales se advierte que esta normativa excluye el trámite establecido para el procedimiento de incapacidad claramente definido en la Ley del Seguro Social y su Reglamento.
Por último, se propone que el descuento de los dos tercios del salario durante el tiempo de reposo, comience a regir a partir de las cincuenta y dos semanas, hasta tanto se adecue el Sistema de reposos a cargo de la Dirección de Gestión de Capital Humano y la actualización del salario en el sistema del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, Ivss.
Además, el documento ofrece un glosario de términos y un instructivo para la validación y convalidación de reposos, así como la Forma 14-52: Comprobante de consignación de datos del Ivss, y la Forma 14-73 o certificado de incapacidad.
El texto completo de la normativa se puede obtener en:
https://nomina.usb.ve/formatos/laboral/NORMATIVA_DE_REPOSOS_aprobada_por_la_Com.D.pdf
Para cualquier duda u orientación adicional, los interesados pueden comunicase en Sartenejas, a través del correo electrónico dgch-bienestar@usb.ve, a las extensiones 3485- 3486 – 3487, o en el Departamento de Bienestar, edificio Básico II, piso 3, oficina 311. En la Sede del Litoral, a través del correo electrónico deprh-sdl@usb.ve, a las extensiones 9048 – 9042, o pasar en el Departamento de Gestión de Capital Humano, edificio Administrativo, piso 1.