Pulido: “Una mujer con estudios recibe 37% menos de salario que un hombre”

Mercedes Pulido de Briceño
Mercedes Pulido de Briceño habló sobre la Discriminación y Desigualdad Social

Stella Torcat / Departamento de Información y Medios USB.-

IV Semana Latinoamericana y Caribeña en la Simón

Durante la jornada de clausura de la IV Semana Latinoamericana y Caribeña que se efectuó en la USB, tres mujeres dedicadas a la defensa de la igualdad de género en el ámbito social y legal presentaron la realidad que se vive en países latinoamericanos, en especial en Venezuela, con respecto a la discriminación de la mujer.

La psicóloga social Mercedes Pulido de Briceño, en su ponencia titulada Discriminación y Desigualdad Social, señaló que desde la década de los 80 en el mercado laboral las desigualdades de los ingresos entre hombres y mujeres son cada vez más constantes.

“En América Latina una mujer con 13 o más años de estudios recibe 37% menos de salario que un hombre en la misma condición, además que son las mujeres las principales promovedoras del trabajo no remunerado, siendo en muchos casos jefes únicos de familia”, según los informes presentados en conferencias regionales y mundiales a las cuales asistió Pulido.

Comentó que como resultado de una investigación en Inglaterra, donde se analizaron 24 sociedades, se determinó que mientras más desigualdad exista en la población, más se deteriora la confianza, la capacidad de intercambio entre generaciones, proliferan las enfermedades, se degrada la vida colectiva, se pierde el civismo y se agudiza la apatía política.

Pulido considera que en Venezuela actualmente existe una mayor conciencia y avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, sin embargo, recomendó dejar a un lado la visión individualista y comenzar a trabajar por una mayor inclusión política, universitaria y social, tomando en cuenta que tanto hombres como mujeres piensan diferentes. “Esa manera distinta de pensar es la que yo creo que debemos empezar a considerar”.

La Mujer: Ciudadano de Segundo Orden

Sonia Sgambatti
Sonia Sgambatti explicó las desigualdades en el ámbito legal

Para el año 1980 se inició la lucha contra la discriminación de la mujer, fundamentalmente en el aspecto jurídico, según explicó la doctora en derecho Sonia Sgambatti.

Sgambatti tomó la palabra en el foro Igualdad de Género en América Latina: Perspectiva histórica, alcances, logros, desaciertos, retos; para hablar de su libro La Mujer: Ciudadano de segundo orden, en el cual plantea y examina la desigualdad de la mujer ante la ley, los problemas sociales que ello conlleva y la necesidad de transformar esa situación.

Como ejemplo de esas desigualdades, Sgambatti destacó el artículo 423 del Código Penal vigente hasta 1980 (cuya última reforma se había efectuado en 1964), el cual “preveía mitigación de pena al hombre en dos casos: el del homicidio o lesiones del marido contra su mujer y/o cómplice, en caso de sorprenderlos en adulterio; y el del homicidio o lesiones causadas por los padres o abuelos contra los hombres, hijas o nietas solteras que sorprendiesen en acto carnal”, pero en el caso de que fuera la mujer quien cometiera el delito, la penalidad era de 20 a 30 años de presidio. Por tal motivó la abogada introdujo una demanda de nulidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Supremo de Justicia.

En el 2005 el artículo fue reeditado mediante una reforma constitucional y la doctora en derecho Sonia Sgambatti nuevamente solicitó la nulidad, ya no del artículo 423 sino el 421, pues la reforma implicó una alteración en la numeración del articulado.

Según la página http://amnistia.me/group/mujer/forum/topics/articulos-del-codigo-penal-que de Activistas de Amnistía Internacional Venezuela, “éste artículo fue declarado nulo en 1980 por parte de la entonces Corte Suprema de Justicia con base en la Constitución de 1961. Pese a esta nulidad por inconstitucionalidad, ni en la reforma realizada al Código Penal en el año 2000 ni en la realizada en el 2005, se excluyó el artículo del Código y por tanto ‘de forma sorprendente’, sigue apareciendo reflejada en él. Dicho artículo atenúa las penas que el Código asigna por homicidio y lesiones, cuando el marido mata a su mujer (y/o a su amante) por haberla sorprendido en acto de adulterio”.

El artículo señala literalmente: “No incurrirán en las penas comunes de homicidio ni en las de lesiones, el marido que sorprendiendo en adulterio a su mujer y a su cómplice, mate, hiera o maltrate a uno de ellos o a ambos. En tales casos las penas de homicidio o lesiones se reducirán a una prisión que no exceda de tres años ni baje de seis meses. Igual mitigación de pena tendrá efecto en los homicidios o lesiones que los padres o abuelos ejecuten, en su propia casa, en los hombres que sorprendan en acto carnal con sus hijas o nietas solteras”.

Las normas anuladas por inconstitucionalidad, reseña el sitio de Activistas de Amnistía Internacional Venezuela, “desaparecen jurídicamente y, por tanto, nadie puede invocarlas ni aplicarlas. La nulidad del artículo 421 debió ser acatada y respetada por el órgano legislativo. Esto hace aún más incomprensible que el legislador de la reforma de 2000 y del 2005, no haya excluido este artículo del texto legal, incumpliendo un mandato judicial con efectos erga omnes y efecto de cosa juzgada”.

No obstante, “el hecho de que el órgano legislativo haya dictado de nuevo el Código desacatando la cosa juzgada del artículo declarado nulo, no activa nuevamente el delito, pero su presencia en el texto penal, genera toda suerte de inseguridad jurídica para las mujeres, que se verán expuestas a solicitar al Tribunal Supremo se pronuncie cada vez que se comenta un error judicial a raíz de su existencia, como ya ha ocurrido hasta el día de hoy”.

Libre de Violencia

El ciclo de ponencias culminó con la ponencia Alcances y Logros sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Área Metropolitana de Caracas, por parte de la profesora Lilia Arvelo Alemán, presidenta del Instituto Metropolitano de la Mujer (Inmemujer).

Arvelo informó que el organismo está adscrito a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, y ha atendido a más de mil 700 mujeres durante el 2013, mediante asesoría jurídica, psicológica y social.

Igualdad de género
Lilia Arvelo Alemán, presidenta del Instituto Metropolitano de la Mujer (Inmemujer)

Asimismo, han capacitado a más de 50 mil mujeres con talleres de maquillaje, manicure, cocina y repostería en alianzas con diferentes empresas privadas.

El instituto cuenta con siete centros de atención y una unidad móvil en diferentes puntos del municipio, que promueven la defensa, igualdad y equidad de los derechos de la mujer.

El foro fue desarrollado por el Centro de Estudios de Género de la USB (CEG- USB), adscrito al Instituto de Altos Estudios de América Latina, Iaeal, en el marco de la Red Equality de la Unión Europea.

Fotos: Javier Zamora

 

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