MEU ratificó disposición de monto indivisible de la pensión del personal pasivo de las universidades

Soraya Villarreal / Departamento de Información y Medios USB.-b-128

El vicerrector administrativo encargado, Cristián Puig, se reunió el pasado viernes con funcionarios del Ministerio de Educación Universitaria a fin de aclarar las dudas que surgieron a partir de las nuevas escalas de sueldos y salarios para el personal docente, administrativo y obrero (activo y jubilado) de las instituciones de educación universitaria para el año 2015, anunciadas por el Ejecutivo Nacional, y su alcance para el personal pasivo.

Sobre este aspecto, Cristián Puig explicó que el representante de la Coordinación del Programa Administrativo Financiero, Wilmer Rivas, así como el resto de funcionarios del MEU, ratificaron que el ajuste de la tabla es aplicado al concepto único de pensión para jubilados, incapacitados y sobrevivientes del personal docente, administrativo y obrero.

De igual manera lo expresan dos comunicaciones: una enviada a las universidades por parte de la directora de la Opsu, Marjorie Cadenas, en la que se especifica la asignación del monto de Bs. 40.589.373 para el pago del incremento de sueldos y salarios y sus incidencias en las escalas correspondientes a los meses de mayo y junio, y donde se expone que “pensionados por jubilación, incapacidad y sobreviviente del personal docente, administrativo y obrero, es el porcentaje que corresponda al nivel que tenía a la fecha efectiva de la pensión, aplicado sobre el monto percibido del 30 de abril de 2015”.

La segunda comunicación, enviada por la Coordinación de Presupuesto de Entes para Generar Conocimiento del MEU, expone que en el año 2011, “con ocasión de un incremento salarial en el sector universitario se publicó en Gaceta oficial 39.675 del 17 de mayo de 2011, los Lineamientos para la aplicación del aumento salarial de las universidades nacionales y, que posteriormente, la Dra. Tibisay Hung en calidad de Adjunta al Despacho de la Directora de la Opsu suscribió el oficio No 000384 en fecha 23 de mayo de 2011 en el que se especifica el punto No 5: “Monto y porcentaje aplicable a las Pensiones. En relación al monto a considerar para la aplicación del aumento salarial al personal pasivo, se ratifica lo establecido en cuanto a que el monto de la pensión es único e indivisible (no se desagrega en concepto o rubros).”

La Dirección de Gestión de Capital Humano envió un correo a la comunidad universitaria en el que dio a conocer las respuestas de los entes del Gobierno, al tiempo que convocó a los representantes de las asociaciones gremiales (Atausibo, Sutes, Apusb y Apjusb), así como a los directores de Finanzas y de Ingeniería de Información, a una reunión para la tarde de hoy lunes 22 de junio, para informar el alcance de la aplicación de las nuevas tablas y escalas de sueldos y salarios para el personal académico, administrativo y obrero de la USB, en su condición de activo y jubilado (pensionado y sobreviviente).

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