Solicitan que nueva ley garantice seguridad social para los profesores

Rectores hicieron una propuesta legal que contiene un capítulo sobre la materia

Señalan que el Estado debe comprometerse a otorgar el presupuesto necesario para que desarrollen planes de previsión

Araina Guevara Gómez / El Nacional

La universidad es un lugar dedicado a la academia, a la formación, a la investigación, pero para garantizar el cumplimiento de esos objetivos no es suficiente la vocación. Los profesores y trabajadores necesitan el piso firme de la seguridad social. Ese, justamente, es un asunto que, a juicio de algunos, debe incluirse en una nueva ley de la educación superior.

La Constitución establece los lineamientos generales de la seguridad social de los trabajadores. En el artículo 86 se señala que todas las personas tienen derecho a la protección en casos de maternidad, paternidad, enfermedad, discapacidad, desempleo, riesgos en el trabajo, vejez, viudez, vivienda y otras.

El cumplimiento es responsabilidad del Estado.

María Teresa Centeno, vicerrectora de Extensión de la Universidad Pedagógica Libertador y ex directora de Personal, dice que no hay mucho que agregar a lo que está establecido en la Ley de Universidades de 1970, que está vigente.

En ese instrumento legal se indica, por ejemplo, que el personal docente tiene derecho a la jubilación después de cumplir 25 años de servicio o 60 años de edad. También se habla de la necesidad de un reglamento que especifique los salarios de los profesores. La universidad debe determinar los sistemas de protección de los trabajadores académicos.

Centeno afirma que otro instrumento legal puede incluir un punto adicional: que el Estado se comprometa con el presupuesto necesario para que las universidades desarrollen sus sistemas de seguridad social.

“En la ley actual se establece la previsión social, pero es sólo un enunciado porque no está acompañado de la garantía de los recursos para llevar eso a la práctica”, explica. Agrega que un avance de la ley sería estipular un sistema de previsión de salud más completo, que incluya la prevención, la recreación y el uso del tiempo libre; y también el ahorro y la vivienda.

Ricardo Antela, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Metropolitana y ex consultor jurídico del CNU y de la Universidad Nacional Abierta, considera que ese no es un tema de debate, pues ya existe la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.

Propuesta

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios redactó un proyecto de ley de educación universitaria en el que se dedica un apartado completo a la seguridad social del personal docente y de investigación.

Allí se expone la misma idea general de la Constitución y de la Ley de Universidades de 1970, pero se agregan detalles.

Por ejemplo, que todos los profesores, sin distinción, deben recibir los beneficios o que el régimen de seguridad social de los docentes estará a cargo de los institutos de previsión.

Mildred Valera, secretaria de Seguridad Social de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela, asegura que la organización aprobó esa propuesta.

“Creemos que se debe incorporar algo más: la garantía de un salario acorde a la actividad que realizamos”.

Sistemas diferentes

Antela explica que hay reglamentos de seguridad social para trabajadores académicos, administrativos y obreros. Valera asegura que eso debe mantenerse así: “Los profesores contribuimos ampliamente con nuestra previsión social y los trabajadores, no. A ninguno de los gremios nos conviene tener el mismo sistema”.

Centeno, en cambio, asegura que debe haber un sistema único. “La enfermedad no discrimina”, dice. Para ella, lo ideal es que se incluya, por ejemplo, una póliza de seguros básica y quien tenga posibilidades económicas pague los excesos de cobertura.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *